Le asesoramos para el cumplimiento normativo legal, tecnológico y de organización para su compañía. Dando soluciones diversas para cada tipo de aspecto a tratar y sector empresarial.

En el mundo de hoy, los avances tecnológicos y la informática han facilitado a las organizaciones la posibilidad de almacenar gran cantidad de datos personales tanto de sus clientes y proveedores como de sus propios trabajadores o candidatos. Referidos, entre otros, al número de teléfono y correo electrónico personal, gustos y preferencias o datos de salud.

Antes de la entrada en vigor del RGPD y la nueva LOPDGDD, para que las organizaciones trataran lícitamente los datos de carácter personal, se les exigía cumplir con la anterior Ley de Protección de Datos y su Reglamento de Desarrollo.

Sin embargo, los riesgos que entrañan los nuevos sistemas de tratamiento, el incremento en la magnitud del intercambio y la recogida de datos y la falta de armonización entre las normativas de los diferentes Estados Miembros, impulsaron que las instituciones europeas promulgaran el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). El RGPD de obligatorio cumplimiento desde el 25 de mayo de 2018, junto con la nueva LOPDGDD, de obligado cumplimiento desde el 7 de diciembre de 2018, implican que las organizaciones deben estar adaptadas a las nuevas exigencias impuestas por ambas.

Fernández Bethencourt Abogados es consciente de la importancia del principio de accountability que instaura reglamento europeo en protección de datos. Por ello, ha diseñado un plan de actuación para aquellas entidades que confíen en sus servicios. Nuestro plan de actuación de protección de datos establece un mapa de ruta completo para asegurar la legalidad y seguridad de las empresas.

Dicho plan, marca unas pautas para que sepan cómo afrontar las obligaciones de la nueva normativa vigente, especificando qué documentación necesitan implantar o actualizar. Así como cuáles son las medidas técnicas y organizativas que deben adoptar para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal. Y el procedimiento a seguir en caso de que llegue a producirse una violación de seguridad.

El Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD) incorpora una figura ausente en la anterior regulación. Se trata del Delegado de Protección de Datos (Data Protection Officer, DPO). El DPO se configura como una persona interna o externa de la empresa, física o jurídica, que tenga un cierto conocimiento en Derecho y en la práctica de protección de datos.

Su nombramiento es obligatorio cuando se trate de autoridades u organismos públicos. O bien, cuando sean empresas que realicen entre sus actividades principales operaciones de tratamiento que requieran el seguimiento regular y sistemático de interesados a gran escala. O tratamientos a gran escala de categorías especiales de datos. A esto hay que añadir todas aquellas organizaciones que enumera la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD), y que por sus características deben designar obligatoriamente Delegado de Protección de Datos.

A tal fin, Fernández Bethencourt Abogados ofrece colaboradores especiales en esta figura que realizarán todas las labores de DPO para ajustar su empresa en materia de Protección de datos. Combinamos las destrezas y puntos fuertes individuales de varios profesionales especializados en materia de protección de datos, quienes, trabajando en equipo, pueden desempeñar sus tareas y servir de forma más eficiente a sus clientes.

Nuestros servicios:

    • Plan de actuación de consultoría de Protección de datos
    • Evaluación de impacto
    • Auditorías
    • Comercio electrónico
    • Formación
    • Sanciones
    • Asesoramiento permanente