Los costes de las donaciones y las herencias en Canarias

Como abogados en Tenerife expertos en derecho de familia y sucesiones muchas veces se nos plantea la pregunta de si es mejor donar a los hijos la vivienda en vida o dejarla en herencia. Es una cuestión en la que hay que tener en cuenta varios factores que afectan tanto a las consecuencias jurídicas como a los gastos fiscales.

Las comunidades autónomas regulan las reducciones sobre el Impuesto de Sucesiones

Obviamente, se trata de elegir entre dos caminos distintos que tienen un objetivo común, el de legar los bienes con el menor gasto posible. Pero hay que tener en cuenta los gastos que estas acciones nos traerán con Hacienda para tratar reducir lo mínimo posible el patrimonio familiar. Es cierto que existe una ley nacional que estipula el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, pero esta deja un amplio margen a las autonomías para que regulen las reducciones que crean pertinentes.

En general, a nivel nacional se puede decir que las donaciones suelen resultar más caras que las herencias. Además, hay que tener en cuenta que la ley prevé que se aplique la normativa de la Comunidad donde más tiempo haya residido las persona que recibe la herencia en los últimos cinco años. Y en la circunstancia de sucesión, se aplica la ley de la residencia del fallecido o donde se encuentren la mayor parte de los bienes.

En el caso canario, como abogados en Tenerife explicamos a nuestros clientes que contamos con ventajas considerables con respecto a otras comunidades autónomas. En primer lugar, se debe tener claro que tanto las herencias como las donaciones son un tipo de operaciones que obligatoriamente tienen que comunicarse a Hacienda. Esta además, se encargará de cuidar que no existan operaciones fraudulentas.

Partimos de la base que cada inmueble a efectos fiscales parte de un valor mínimo que es el que se toma como referencia para calcular a cuánto asciende el pago de los impuestos. La ley nacional de Sucesiones y Donaciones establece que a la hora de calcular los impuestos se debe tomar como referencia el llamado “valor real” de la propiedad. Este parte del valor catastral al que se aplica un determinado coeficiente multiplicador.

Los costes de las donaciones y las herencias en Canarias

Los impuestos que se pagan en Canarias por herencias y donaciones

En el caso canario hay que hacer frente a tres tipos de impuestos concretos tanto en el caso de herencias como donaciones.

El primero sería el impuesto de sucesiones o donaciones. En los dos casos existe un sujeto pasivo, es decir una persona que recibe o hereda una vivienda. Canarias es una de las comunidades donde más baratas salen tanto las donaciones como las herencias, ya que en el caso de familiares directos puede ofrecer bonificaciones de hasta el 100%. Además, en el caso de las reducciones en la base imponible de las adquisiciones recibidas en herencia  cuenta con dos reducciones propias:

  • La reducción por edad
  • La reducción por adquisición de bienes del patrimonio natural.

En el caso de las donaciones también se regulan las reducciones sobre la base imponible siguiendo unos criterios similares a los del caso anterior. Se han establecido reducciones por las donaciones de dinero en metálico para la adquisición de primeras viviendas. Y, se ha creado la reducción por la donación de dinero para la constitución o adquisición de empresas. En cualquier caso, para conocer todos los detalles te remitimos a que consultes tu caso con los abogados de sucesiones en Tenerife de Fernández Bethencourt Abogados.

En segundo lugar, habría que contar con el pago del IRPF. Este recae  en territorio canario sobre quien realiza la donación, ya que en el caso de las transmisiones  ‘mortis causa’ el fallecido está exento de tributar.

El tercer impuesto que se debe tener en cuenta es la Plusvalía Municipal o Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Este es un impuesto del que se encargan los Ayuntamientos y que grava el aumento de valor que afecta a los terrenos urbanos por la transmisión de la propiedad.

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