Como abogado en Tenerife, en Fernández Bethencourt, conocemos al detalle todo lo relacionado con la Zona Especial Canaria (ZEC), de baja tributación. Surge dentro del ámbito del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. Su cometido es el de conseguir promover el desarrollo económico y social del archipiélago y lograr una mayor diversificación en su estructura de producción a la vez que crear empleo.
Para equiparar Canarias a la del resto del país
La ZEC nace por los factores geográficos e institucionales propios de Canarias. Entre ellos podemos destacar: la insularidad, la lejanía del resto del país, la escasez de recursos naturales y la alta dependencia del exterior. Lo que se busca es que, con estas ventajas, el territorio canario se pueda equiparar con el resto de las comunidades españolas.
Fue la Comisión Europea en enero del año 2000 quien autorizó la ZEC. Esta se regula mediante la Ley 19/94 de 6 de julio de 1994. La especiales condiciones aprobadas, unidas a su clima y a su privilegiada situación, que la convierte en punto de encuentro de Europa y América con África, ha hecho del archipiélago canario un destino elegido por un gran número de empresas de distintas partes del mundo.
La ZEC se gestiona a través de un consorcio del que forman parte los gobiernos de España y Canarias. Ofrece el régimen de baja tributación más atractivo de toda Europa. Su gravamen sobre el impuesto de sociedades es tan solo del 4%. Una cifra que resulta muy inferior al tipo medio aplicado en los distintos países europeos que, de media, ronda el 23%. Aplica sobre los límites de la base imponible atendiendo a unos baremos de creación de empleo. En la zona ZEC no se aplica el IVA sino el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), con un tipo general del 7%, a diferencia del 21% que se paga en el resto del país. El reducido es del 3%.
Además, la ZEC supone otras medidas favorables para las empresas como la distribución de dividendos exentos de tributación y otras que afectan a la imposición indirecta a la importación, aportando el nivel máximo de seguridad tanto a nivel jurídico como económico a los inversores. Sus beneficios fiscales pueden disfrutarse hasta el año 2026 en todo el archipiélago.
Empresas establecidas en el archipiélago
La ZEC ha posibilitado al territorio de las Canarias contar con capital extranjero procedente de diferentes países del mundo. Por eso actualmente cuenta con una gran variedad de actividades que consiguen generar empleo y diversificar el marco empresarial. Este va desde la pesca a la reparación naval pasando por la industria manufacturera, la producción de energía de fuentes renovables, el reciclaje y tratamiento de residuos, incluyendo incluso actividades relacionadas con los sectores audiovisual, de los recursos naturales o los parques temáticos. etc.
A la ZEC pueden acogerse las empresas que se establezcan en cualquier parte del territorio de Canarias independientemente de que sean nacionales o extranjeras, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la ley. Estos básicamente son:
- Ser una entidad de nueva creación con domicilio y sede en la zona ZEC.
- Contar con un administrador residiendo en Canarias.
- Inscribirse en el Registro Oficial de Entidades de la ZEC (ROEZEC) tras obtener el permiso del consejo rector.
- Realizar una inversión mínima de 100.000€ (para las islas de Tenerife y Gran Canaria) o de 50.000€ (en el caso de La Gomera, El Hierro, La Palma, Fuerteventura o Lanzarote).
- Crear entre 3 y 5 puestos de trabajo en los seis meses siguientes a la inscripción en función de las islas.
- Que el objeto social esté dentro de las actividades incluidas en el marco ZEC.
Como abogado en Tenerife especializado en Derecho Mercantil y Societario y en Organizaciones Empresariales puedo asesorarte en todo lo que necesitas para disfrutar de los beneficios de la ZEC.