Cómo preparar el acta de la junta general

Como abogados en Tenerife especializados en Derecho Mercantil queremos explicarte hoy qué es y cómo se redacta el acta de la junta general. Se trata de un documento que se elabora por escrito. Recoge todos los hechos, acuerdos y actos de diferentes naturaleza que tienen lugar durante la reunión de la junta. Su finalidad última es la de certificar y dejar constancia de los acuerdos. Queda claro que este tipo de actas tienen una importancia determinante y deben redactarse acorde unas reglas precisas.

Cuándo se reúne la junta general de accionistas

El acta debe realizarse tanto para las juntas generales ordinarias como para las extraordinarias. Se trata este del órgano que permite a los socios decidir sobre los asuntos que son de su competencia y ejercer sus poderes. Los administradores son los que gestionan la sociedad. Pero lo hacen bajo la orientación, control y fiscalización de la junta.

La junta general ordinaria se tiene que reunir a lo largo de los seis primeros meses del ejercicio social con las funciones de aprobar la gestión social y las cuentas del año anterior. Aquí pueden tratarse otros asuntos de su competencia si han sido incluidos en el orden del día. O aquellos que los socios decidan en el momento de la celebración de la reunión.

Por su parte, la junta general extraordinaria puede ser convocada por los administradores en cualquier momento que haya un tema que tratar. Se recurre a ella especialmente para cuestiones como la modificación de los estatutos sociales y también para el nombramiento, cese o reelección de los administradores de la sociedad.

La persona que haya sido designada como secretaria de la junta es la encargada de la redacción del acta. Por lo general, tanto el presidente como el secretario de la junta son personas que tienen un puesto destacado en el consejo de administración de la empresa.

Cómo preparar el acta de la junta general

La redacción del acta de la Junta General

En el acta debe constar el lugar y la fecha de la celebración. También la fecha y la manera en la que se hizo la convocatoria, si no ha sido universal (aquella en que participan la totalidad de sus miembros), y su texto íntegro, incluyendo el orden del día. Deben quedar reflejada la lista de los socios asistentes, tanto en persona como los que lo han hecho mediante representación, y un resumen de los temas debatidos. El contenido tiene que reflejar los acuerdos que se han adoptado, indicando también el resultado de las votaciones realizadas.

El acta debe redactarse y después ser transcrita al Libro oficial de Actas de la sociedad. Hecho eso, será aprobada por la junta. Para ello debe ser firmada por todos los asistentes a la reunión. Otra opción es que sea rubricada en un plazo de 15 días por el presidente de la junta y por dos socios interventores. Cuando conste su aprobación en el acta debe ser respaldada por quien haya actuado como secretario y también contar con el visto bueno del presidente.

En las sociedades limitadas (en muchos casos pymes) que no suelen contar con un consejo de administración es habitual que se solicite la presencia de un notario, que será el encargado de certificar que la junta y el acta se han realizado acorde a la ley y quien levante el acta.

En cuanto a la legislación aplicable en la redacción del acta de la junta general sea ordinaria o extraordinaria se rige por el Título V, sobre “La junta general”, del Texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio), y los artículos 97 a 99 del Reglamento del Registro Mercantil (aprobado por el Real Decreto 1784/1996).

Nuestros abogados especialistas en asesoramiento mercantil están especializados en la redacción de actas de juntas y todos sus pormenores. No dudes en consultarnos si quieres que te ayudamos con ello.

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